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Sistema de liquidación y compensación
Tres días después
de producirse una operación de compraventa en Bolsa, el Servicio de
Compensación y Liquidación transfiere las acciones adquiridas a su
nuevo propietario (mediante la inscripción de éste en el registro de
anotaciones en cuenta) y, de forma simultánea, abona al antiguo
propietario el dinero correspondiente a la venta de sus acciones en
el mercado de valores.
1) Los
protagonistas
El Servicio de
Compensación y Liquidación (SCL) cuenta con una serie de entidades
adheridas (sociedades y agencias de valores y Bolsa, Bancos, Cajas de
Ahorro, etc,) que se encargan de hacer efectivas las operaciones de
liquidación de los valores.
Mediante un sistema
electrónico, estas entidades están en contacto permanente con las
sociedades rectoras de bolsas, el SCL, los miembros del mercado de
valores y el Banco de España.
Todos son eslabones
del proceso de liquidación y están centralizados por el SCL, entidad
que coordina el registro de anotaciones y el sistema de cuentas para
liquidar las operaciones.
2) La nueva
liquidación en euros
Todos los servicios
de compensación y liquidación de la Bolsa española operan en euros
coincidiendo con la entrada en vigor de la Unión Económica y
Monetaria.
A partir de esa
fecha, todos los operadores aceptarán las órdenes de sus clientes en
euros o en la moneda nacional y el registro central de anotaciones en
cuenta del SCL mantendrá esta doble contabilidad para todas las
operaciones realizadas en Bolsa. De este modo, el SCL se adaptará al
funcionamiento de los sistemas de compensación de las naciones que van
a integrar la unión monetaria.
3) La operación se
realiza en tres días
Una vez
contratado un determinado valor en Bolsa, se inicia el proceso de
liquidación.
Las sociedades
rectoras informan al Servicio de Compensación y Liquidación (SCL) del
volumen y precio de los títulos contratados. Con un día de plazo desde
el momento de la contratación, los miembros de la Bolsa que han
negociado la compraventa deben enviar al SCL un desglose informativo
de la operación.
El SCL enviará
esta información a las entidades adheridas, las cuales podrán aceptar
o rechazar la responsabilidad de llevar a cabo la liquidación de los
valores (tienen dos días para tomar la decisión).
El SCL
facilita a estas entidades una serie de cuentas donde depositar el
dinero de los compradores. Tres días después de la contratación, la
entidad adherida se dirige al Banco de España y hace efectivo el pago
de los valores adquiridos.
En el momento
de la realización de este pago, el SCL procederá a cambiar la
titularidad del antiguo propietario por la del nuevo comprador en el
registro de anotaciones en cuenta. |