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La contra O.P.A
Una contraopa es
la oferta que lanza una sociedad para la adquisición de una empresa
sobre la que ya pesa una OPA cuyo plazo de aceptación aún no ha
finalizado.
El objetivo de la
contraopa, normalmente presentada por una sociedad afín (denominada
"caballero blanco") a la empresa afectada, es evitar que la compañía
que lanzó la primera oferta se haga con la mayoría de las acciones.
1) ¿Cuándo puede
presentarse?
Para presentar una
contraopa es necesario cumplir una serie de requisitos. Al igual que
la OPA, la oferta competidora tiene que solicitar la autorización de
la CNMV. La contraopa no puede ser presentada por la misma sociedad
que formuló la primera oferta, y tampoco podrán hacerlo empresas que
pertenezcan a un posible grupo en el que estuviera integrada la
primera. Asimismo, la contraopa debe comprometerse a adquirir, al
menos, el mismo número de valores anunciado por la OPA previa,
mejorando alguna de sus condiciones, tanto en precio como en número de
valores.
De este modo, la
contraopa puede extenderse a un número de acciones superior en un 5%,
o bien, superar en un 5% el precio ofrecido por la OPA. Una vez
presentada la contraopa, la ley le concede 30 días como plazo de
aceptaciones.
2) ¿Qué ocurre
cuando se formula una contraopa?
La contraopa
produce efectos inmediatos: por un lado, sobre los accionistas de la
sociedad que ha recibido las dos ofertas de adquisición; por otro,
sobre la primera OPA presentada.
La contraopa
se formula antes de que haya finalizado el período de aceptaciones de
la primar OPA, es decir, cuando los accionistas de la sociedad
afectada tienen aún la oportunidad de cambiar de decisión.
En el caso de
que exista una oferta competidora, o contraopa, los socios que ya
hubiesen aceptado las condiciones de la primera OPA pueden revocar su
decisión y aceptar la contraopa, o bien seguir apostando por la
primera oferta.
Los socios que aún
no hayan tomado una decisión pueden elegir cualquiera de las dos
ofertas. En lo que respecta a la primera, la sociedad que la lanzó
cuenta con tres opciones: mantener su oferta, retirarla o presentar
una nueva OPA competidora (las llamadas "contra-contraopas"), que
deberá superar a la oferta anterior en precio o en número de valores
ofertados.
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