Megabolsa

Bolsa, Finanzas, Mercado de valores e Inversión

  • Facebook
  • RSS
  • Twitter
  • YouTube
  • Inicio
    • Formato Blog
  • Análisis
    • Análisis – Entradas
      • TODOS LOS ANÁLISIS
      • Análisis de ADI
      • Análisis de Andbank
      • Análisis de Aspain11
      • Análisis de Bankinter
      • Análisis de Bolsacanaria
      • Análisis de Bolsageneral
      • Análisis de CdB
      • Análisis de Ebury
      • Análisis de Gesprobolsa
      • Análisis de Guinart
      • Análisis de I. de la Cruz
      • Análisis de IG
      • Análisis de Investing
      • Análisis de Irene Tejuelo
      • Análisis de Iruzubieta
      • Análisis de Link Securit.
      • Análisis de Mercatrading
      • Análisis de Ocean
      • Análisis de Renta4
      • Análisis de Rober Chani
      • Análisis de Rookie
      • Análisis de XTB
    • Ratings: Los Brokers Recomiendan
    • Vídeo Análisis
  • Noticias
    • Agenda Económica Mundial
    • Al Minuto: Noticias Bursátiles
    • Calendario de Resultados Empresariales
    • Noticias Destacadas de Economía y Mercados
  • Cotizaciones
    • España: IBEX 35
    • España: Mercado Continuo
    • Nasdaq 100
    • Mercados USA y de Futuros
    • Tiempo Real: Indices Internacionales
    • Cotización Tiempo Real Commodities: Petróleo, Oro, Gas Natural, Trigo…
    • Tiempo Real: Divisas
  • Cierres
    • Cierres del Mercado Continuo Español
    • Cierres de Índices nacionales e internacionales
  • Divisas
    • Cotizaciones y Gráficos
      • Conversor de Divisas Online en TR
      • Cruces por Tipo de Moneda en Tiempo Real
      • Forex: Live Quotes
      • Forex: Live Charts
      • Tabla Cruzada de Tipos de Cambio
    • Análisis y Noticias
      • Al Minuto: Noticias y Análisis de Divisas
      • Análisis de Aquaro
      • Análisis de FXStreet
      • Resumen Técnico Divisas: Recomendaciones TR
      • Todos los Análisis de Divisas
    • Calculadoras
      • Calculadora de Beneficios
      • Calculadora de Margen
      • Calculadora de Pips
      • Calculadora de Tamaño de Posición
      • Calculadora Fibonacci
      • Calculadora Pivot Point
    • Otras Herramientas
      • Calendario Forex y Económico Mundial
      • Tipos de Interés de los principales Bancos Centrales del mundo
    • Criptodivisas
  • Formación
    • Artículos
    • Manuales

Ventajas de crear una SL, requisitos y trámites burocráticos

18 diciembre 2015 - 10:25

Veamos las ventajas de una Sociedad Limitada, por qué es el tipo societario más utilizado en España con diferencia y los trámites y pasos que hay que seguir para crearla y constituirla.

La sociedad de responsabilidad limitada (SRL), simplemente conocida como Sociedad Limitada (SL), es con diferencia el tipo de sociedad mercantil más utilizado en nuestro país, principalmente porque la responsabilidad se extiende únicamente al capital social aportado a la Sociedad, de manera que el empresario o el autónomo no responde de las deudas con su patrimonio personal. También porque los trámites burocráticos son “sencillos y simples”, sin olvidar que el capital social mínimo requerido son 3000,06 euros que tras desembolsarse puede dirigirse a financiar inversiones, así como que el coste de crear una SL ronda los 600 euros.fija-puzzle-gente

Veamos algunas peculiaridades que presenta:

  • Socios: como mínimo se requiere una persona, física o jurídica, como máximo no hay ningún límite. Si solo hay un socio será una sociedad limitada unipersonal. La responsabilidad de los socios será solidaria entre ellos y con el límite del capital social aportado
  • Nombre: no puede estar ya registrado (se comprueba acudiendo al Registro Mercantil Central) y ha de seguirle la frase Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L) o Sociedad Limitada (S.L).
  • Capital social: el mínimo ha de ser de 3.000 € totalmente desembolsado y no hay un límite máximo. Dicho capital social puede estar formado por dinero o en especie (cualquier bien), y en éste último caso ha de poder ser valorado o tasado.
  • Domicilio Social: generalmente será la dirección donde se encuentra la Sociedad, debiendo estar en España.
  • Objeto Social: se refiere a la actividad a la que se va a dedicar la Sociedad.
  • Creación: se realiza mediante los estatutos sociales y escritura pública ante notario, llevándose posteriormente al Registro Mercantil.
  •  Responsabilidad de la gestión: siempre es de los administradores, nunca de los socios.
  • Junta General de socios: es donde se toman las decisiones. Es convocada por los administradores en los seis primeros meses del año y lo pueden hacer los socios que representen el 5% del capital social.
  • Fiscalidad: tributa por el Impuesto de sociedades (IS) y el IVA.

¿Qué pasos hay que seguir para constituir este tipo de Sociedad?

– Lo primero de todo es registrar el nombre de la Sociedad, para lo cual se acude al Registro Mercantil Central (aunque también se puede hacer a través de internet) y se pide el certificado negativo de denominación social, que nos servirá para saber que el nombre que habíamos escogido para la Sociedad está libre. Ojo porque al obtener el certificado, disponemos de seis meses de reserva y si no se renueva, al pasar este periodo el nombre vuelve a estar libre y en circulación.

– Acudir a una entidad bancaria para abrir cuenta a nombre de la Sociedad, así como proceder al ingreso del capital social elegido (siempre que éste se conforme en dinero y no en especie, sabiendo que el mínimo son 3.000,06 euros). El papel que emitirá el banco sirve como prueba del ingreso y habrá que llevarlo al notario.

– La elaboración de los estatutos sociales se estima ya realizada (deberá de contener todo aquello que la legislación requiere) y se procederá a incorporarlo a la escritura pública de constitución.

– La firma de la escritura pública de la constitución de la Sociedad por parte de los socios se ha de realizar ante notario, siendo un trámite previo a la posterior inscripción en el Registro Mercantil.

– Pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es el siguiente paso, el cual se liquida en un plazo de 30 días desde el otorgamiento de la escritura y cuyo importe es el 1% del capital social.

– Finalmente hay que acudir a Hacienda para la obtención del NIF provisional (cuya validez es de 6 meses) y el alta en el IAE (aunque las Sociedades cuyo negocio sea inferior a un millón de euros al año estarán exentas) ,

– Llegados a este punto, procede a la inscripción en el Registro Mercantil, concretamente al de la provincia en la que se ha fijado el domicilio social, siendo el plazo de dos meses desde la obtención de la escritura de la constitución.

– El último paso es acudir a Hacienda para cambiar la tarjeta provisional de N.I.F. por la definitiva, una vez  ya inscrita la constitución de la sociedad.

Ismael de la Cruz
ismaeldelacruz.es

Publicado en: Análisis, Análisis de Ismael de la Cruz, Destacado

Entradas recientes

  • Inditex en problemas: Resultados decepcionan a los inversores 12 junio 2025
  • Análisis técnico IBEX35 y Tubacex 12 junio 2025
  • Grifols sube tras avanzar en la compra de Biotest 12 junio 2025
  • DAX: Listo para atacar la media de 30 sesiones 12 junio 2025
  • Análisis de empresas que son noticia: Grifols, Acciona, Acciona Energía, Airbus… 12 junio 2025

25 Aniversario de Megabolsa.com

Charts en Tiempo Real


Cotizaciones proporcionadas por Investing.com España.

Megabolsa en Twitter

Tweets por @megabolsa

Calendario

diciembre 2015
L M X J V S D
 123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031  
« Nov   Ene »

Etiquetas

Acciona Acerinox ACS AENA Almirall Amadeus AMPER ArcelorMittal Bankinter BBVA Caixabank Cellnex Colonial DAX DIA Dow Jones Dow Jones Enagás Ence Endesa EURUSD Ferrovial Fluidra Gamesa Grifols IAG Iberdrola Ibex35 Inditex Indra MAPFRE NASDAQ Nasdaq Naturgy OHL oro Pharmamar Repsol Sabadell Sacyr Santander Santander Solaria SP500 Telefónica

Buscar

Megabolsa Network


Copyright © 1998 - 2025   |   Megabolsa Network · Todos los derechos reservados

Anúnciese en Megabolsa · Contacte con nosotros · Política de cookies · Revisar politica de publicidad · Aviso legal